Cuñada de Sasil de León se hizo pasar por lesbiana para usurpar cargo

Rodolfo Flores.

Agencia ReporteCiudadano, 24 de septiembre del 2024. Tuxtla Gutiérrez.- Tere Campos, activista de la comunidad LGBTTTIQ+ dio a conocer este martes que, a pesar de las artimañas que usó la familia de León Villard, el TEECH desechó los argumentos que Sahara Munira José Flores, presentó para buscar ocupar una curul que no le corresponde.

“El día de hoy, quiero informarles el resultado del juicio de inconformidad que promovimos para la protección de los derechos político electorales de la población LGBTTTIQ+ dentro de los expedientes TEECH/JDC/212/2024 y sus acumulados, TEECH/JDC/213/2024, TEECH/JDC/214/2024, TEECH/JDC/215/2024, Y TEECH/JDC/216/2024 en contra de la designación de Sahara Munira José Flores, como mujer lesbiana en una acción afirmativa a favor de la diversidad sexual”, dijo.

Mencionó que, la Red por la Inclusión de la Diversidad Sexual en Chiapas, las organizaciones de Investigación y Litigio de los Derechos Humanos A.C. y Una Mano Amiga en la Lucha Contra el SIDA A.C. también impugnaron, logrando que el Tribunal Electoral emitiera una sentencia histórica en beneficio de la diversidad sexual.

En la sentencia, el Tribunal Electoral sostuvo que la candidatura impugnada es inelegible por representar un fraude a la cuota de diversidad sexual, es decir, se puede apreciar una evidente simulación y que de no revocarse la designación hecha atentaría contra una representación auténtica de la población LGBTTTIQ+ y perpetuaría la discriminación que históricamente hemos vivido las personas de la diversidad sexual.

Dentro del análisis hecho por el referido tribunal, especifica que es importante mencionar que, se puede observar que Sahara Munira José Flores, fue postulada como Regidora por mayoría relativa en el Municipio de Chiapa de Corzo, durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018 y como Sindica en el Municipio de Comitán de Dominguez, durante el Proceso Electoral Local Ordinario 2021-2024, nunca se autó adscribió como persona de la diversidad sexual, lo que convenientemente, sí hizo para este periodo electoral.

También se destacan las evidentes contradicciones de la referida persona primero al manifestar bajo protesta de decir verdad ante una autoridad que se autoescribe como lesbiana, sin embargo, en sus manifestaciones públicas refiere venir del seno de una familia de la diversidad sexual, aunado a ello, expresa ser una mujer bisexual, sin embargo, la realidad es que vive un matrimonio heterosexual.

El tribunal refiere que en el documento público denominado “SISTEMA DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS,”, presentado ante autoridad, la candidata impugnada manifestó que ha luchado a favor de la comunidad de la diversidad sexual y que ha participado en diferentes organizaciones de la sociedad civil, sin embargo, en ningún momento, demostró o presentó algún indicio de su lucha a favor de la diversidad sexual o su colaboración en organizaciones de la sociedad civil, por el contrario, las personas activistas, defensoras de los derechos humanos de la población LGBTTTIQ+ denunciaron el rechazo generalizado a la usurpación de dicha candidatura.

“De igual manera, se desecharon los argumentos presentados por Sahara Munira José Flores, por carecer de fundamentos jurídicos que respaldaran sus afirmaciones y por no aportar pruebas que desvirtuaran los agravios presentados por las partes que promovimos los juicios”, expresó.

“Contrario a lo anterior, todas las partes que promovimos los juicios, presentamos pruebas apegadas a derecho, pero sobre todo, con el valor jurídico suficiente, para atacar la usurpación que denunciamos, todas ellas basadas en documentales públicas de las autoridades competentes”, comentó.

Todo el material probatorio, los argumentos jurídicos y fácticos esgrimidos conllevó a emitir la resolución el 23 de septiembre del presente año 2024, en el que se ordena modificar el Acuerdo IEPC/CG-A/272/2024, de treinta de agosto del año en curso, aprobado por el Consejo General del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana, en el cual se designó a Sahara Munira José Flores, como diputada propietaria a la quinta fórmula destinada al partido MORENA en una acción afirmativa que compete a la población LGBTTTIQ+.

Una vez hecho lo anterior, el Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana deberá entregar la constancia de asignación como diputada local propietaria a mi persona, debiéndo designar, de igual manera, a la persona suplente de la candidatura.

“Quiero destacar que, esta sentencia y sobre todo, el espacio ganado es histórico en nuestro Estado, ya que por primera vez en la democracia representativa de Chiapas y después de muchos años de lucha, muchas vidas perdidas, mucha sangre derramada, hemos logrado tener la primer candidatura visible, pública y con fuerza y convicción que nuestras voces se encuchen en el congreso en defensa de los derechos de nuestr@s herman@s comunidad LGBTTTIQ+”, indicó.

“No quiero dejar de reconocer la imparcialidad, la objetividad, pero sobre todo, la independencia con la cual el Tribunal Electoral resolvió el presente asunto a pesar de los intereses políticos y económicos de la familia León Villard, ordenando revocar la constancia de asignación a favor de Sahara Munira José Flores, como diputada local propietaria, por el principio de representación proporcional, relativa a la cuota de diversidad sexual que se encuentra usurpando”.

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